PBX: [6171914]
Carrera 49A No. 94-60 Barrio La Castellana, Bogotá
cancelacion matricula destruccion accidente transito
requisitos generales
- Formulario de Solicitud de Trámite, debidamente diligenciado con las instrucciones señaladas en el reverso del documento.
- Para los trámites en los cuales se acredite la destrucción total, hurto o desaparición documentada o duplicado de Licencia de Tránsito, no será necesario aportar las improntas.
- Certificado de existencia y representación legal del propietario, con vigencia no mayor a treinta (30) días si se trata de una persona jurídica.
- SOAT vigente. Se exceptúa para la cancelación de la matrícula o para traspaso por parte del vendedor que desconoce el paradero del vehículo y traspaso a persona indeterminada.
- Revisión técnico-mecánica y de gases vigente. Se exceptúa para la cancelación de la matrícula o para traspaso por parte del vendedor que desconoce el paradero del vehículo y traspaso a persona indeterminada.
- Fotocopia de recibos de pago de impuestos sobre vehículo automotor incluido el año en curso, con sello de pago visible o copia de declaración o constancia o paz y salvo de la Secretaria de Hacienda del Departamento de Cundinamarca. (Requisitos para vehículos de servicio particular u oficial o Motocicletas con Cilindraje superior a 125CC).
- Estar a paz y salvo por infracciones de tránsito.
- Estar a paz y salvo en el pago de impuestos sobre vehículos automotores.
- Acreditar el pago de los derechos del trámite.
Para vehículos ensamblados o fabricados y vendidos en forma independiente el chasis y la carrocería, debe anexar las respectivas facturas de venta.
Si el vehículo presenta limitación o gravamen a la propiedad, deberá adjuntar el documento en el que conste su levantamiento o la autorización otorgada por el beneficiario del gravamen o limitación, en el sentido de aceptar la continuación de este con el nuevo propietario.
requisitos tramite
Para los casos de cancelación de matrícula por destrucción total a causa de accidente de tránsito, adicional a la copia auténtica del informe de accidente de tránsito emitido por la autoridad que lo atendió, se acreditarán los requisitos de carácter general y los descritos a continuación:
• Certificación de la ocurrencia del hecho emitida por el Comandante de la Policía de Carreteras o, en su defecto la expedida por el Comandante del Distrito de la Policía Nacional de la jurisdicción según corresponda.
• Certificación técnica de la Sijín o Dijín en la que se detallen las características de identificación del vehículo que sean posibles o de no serlo se exprese tal condición.
• Concepto técnico sobre el daño que amerita la declaratoria de la destrucción total emitido por perito de la compañía aseguradora si el vehículo estaba asegurado. En caso contrario por perito nombrado bajo las costas de los propietarios del vehículo, por la autoridad de tránsito o por la autoridad judicial según corresponda.